El Consejo Europeo adoptó formalmente el paquete ViDA (VAT in the Digital Age) el 11 de marzo de 2025. Desde julio de 2030, la facturación electrónica es obligatoria para las transacciones B2B transfronterizas dentro de la UE. Para los Estados miembros sin un mandato nacional vigente, es una fecha límite firme.
ViDA es el paquete legislativo de IVA más amplio de la UE desde la introducción del sistema actual. La implantación se realiza por fases hasta 2035 y afecta a toda empresa que facture dentro del mercado único europeo.
El primer pilar exige la facturación electrónica estructurada y los Digital Reporting Requirements (DRR) para transacciones B2B transfronterizas. Desde julio de 2030, los Estados miembros no podrán aceptar facturas en PDF ni en papel para el comercio intracomunitario. Los datos de la factura se reportan también directamente a la administración tributaria.
El segundo pilar regula la economía de plataforma: las plataformas digitales que facilitan alojamiento o transporte de personas se consideran, en muchos casos, vendedoras sujetas al IVA en nombre de sus proveedores.
El tercer pilar es el registro único de IVA: las empresas solo necesitan registrarse para el IVA en un Estado miembro, incluso cuando venden en varios países.
Las empresas que aún facturan en PDF o papel para su comercio intra-UE deben pasar a facturación electrónica estructurada antes de julio de 2030. El plazo realista para una adaptación de ERP más un proyecto de integración validado es de doce a dieciocho meses.
Los Estados miembros con un mandato nacional anterior (Francia, Alemania, Polonia, Bélgica, España) van por delante de este plazo de la UE. Las empresas que comercian con estos países se ven afectadas antes de julio de 2030.
eConnect ya admite UBL y Peppol BIS Billing 3.0, los estándares que constituyen la base de lo que ViDA aceptará. ¿Preguntas sobre el impacto de ViDA? Agenda una reunión.